Estudio Dellaria

Monotributo. Recategorización Cuatrimestral

El 20 de setiembre de 2017 vence el plazo para que los monotributistas efectúen la recategorización cuatrimestral -por el período comprendido entre el 1/5/2017 y el 31/8/2017- sobre la base de los ingresos brutos acumulados, la energía eléctrica consumida, el precio unitario máximo de venta y los alquileres devengados de los últimos 12 meses, junto con la superficie afectada a la actividad al 31/8/2017.

El día 20 de setiembre de 2017 vence el plazo que tienen los monotributistas encuadrados en las categorías F, G, H, I, J y K que no se recategorizan para realizar la confirmación obligatoria de sus categorías de revista en el caso de que no proceda la recategorización -RG (AFIP) 3990-E (BO: 8/2/2017) y RG (AFIP) 4104-E (BO: 14/8/2017)-.

El 30 de setiembre de 2017 vence el plazo que tienen los monotributistas -que hasta el momento no lo hubieren hecho- para constituir el domicilio fiscal electrónico -s/RG (AFIP) 3990-E, art. 6 (BO: 8/2/2017)-.