Estudio Dellaria

Legajo Único Financiero y Económico para MIPYMES

La resolución 92/2021  del 30 de marzo crea un legajo único donde se centralizará la información económico-financiera sobre la actividad de las micro, pequeñas y medianas empresas, con el fin de obtener datos estandarizados.

El legajo se crea dentro del Registro de Empresas MIPYMES y centralizará los principales indicadores económicos, financieros y patrimoniales de las personas humanas y/o jurídicas inscriptas en dicho registro.

¿Con que información contará el legajo?

El legajo recopilará información respecto de:

Ventas, compras, IVA débito e IVA crédito proveniente de las declaraciones juradas de IVA presentadas por las empresas ante la Administración Federal de Ingresos Públicos.

Activo, pasivo, patrimonio neto, estado de resultados, entre otros, proveniente de las declaraciones juradas del impuesto a las ganancias presentadas ante la Administración Federal de Ingresos Públicos.

Estados contables presentados por las empresas, en el servicio de AFIP “PUB”

También tendrán acceso a información sobre cantidad de Empleados, sueldo bruto, contribuciones patronales y aportes personales de los trabajadores, entre otros, proveniente de los Formularios F. 931 presentados en AFIP

Demás información de carácter público que las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas hayan aportado a los organismos públicos

Otra información y documentación que surja de los convenios específicos a suscribirse.

La norma establece que con la información se facilitará el acceso a los programas de promoción y financiamiento existentes y los que se implementen en el futuro.

El Legajo Único Financiero y Económico permitirá:

  • Generar líneas de beneficios especiales, subsidios y otras herramientas promovidas por el Sector Público Nacional a favor de las personas humanas y/o jurídicas inscriptas en el Registro de Empresas MIPYMES.
  • Proveer a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas información sobre sus principales indicadores, facilitando la educación financiera e interacción con el sistema financiero.
  • Centralizar la información y documentación que permita la reducción de carga operativa y costos a las personas humanas y/o jurídicas inscriptas en el Registro de Empresas MIPYMES y al sistema financiero.
  • Agilizar la competencia en el sistema financiero a partir de una mayor fluidez de información que permita a las personas humanas y jurídicas inscriptas en el Registro de Empresas MIPYMES acceder a mejores condiciones de productos.
  • Mejorar la interacción con el sector productivo a través de herramientas digitales, impulsando la transparencia y el acceso a la información.

Esta normativa alcanza a todas las personas humanas y jurídicas inscriptas y que se registren en el futuro en el Registro de Empresas MIPYMES con su correspondiente certificado MiPyME vigente.

Usaran esta información las personas humanas y jurídicas inscriptas en el Registro de Empresas MIPYMES, el Ministerio de Desarrollo Productivo y las siguientes enumeradas en el art 8 de la Ley 24156

a) Administración Nacional, conformada por la Administración Central y los Organismos Descentralizados, comprendiendo en estos últimos a las Instituciones de Seguridad Social.

b) Empresas y Sociedades del Estado que abarca a las Empresas del Estado, las Sociedades del Estado, las Sociedades Anónimas con Participación Estatal Mayoritaria, las Sociedades de Economía Mixta y todas aquellas otras organizaciones empresariales donde el Estado nacional tenga participación mayoritaria en el capital o en la formación de las decisiones societarias.

c) Entes Públicos excluidos expresamente de la Administración Nacional, que abarca a cualquier organización estatal no empresarial, con autarquía financiera, personalidad jurídica y patrimonio propio, donde el Estado nacional tenga el control mayoritario del patrimonio o de la formación de las decisiones, incluyendo aquellas entidades públicas no estatales donde el Estado nacional tenga el control de las decisiones.

d) Fondos Fiduciarios integrados total o mayoritariamente con bienes y/o fondos del Estado nacional.

El intercambio de información con terceros podrá realizar únicamente con el consentimiento expreso de los sujetos incluidos en el legajo. Por ello, cuando se inscriban pro primera vez o se renueve el certificado PYME las personas humanas y jurídicas tendrá la posibilidad de autorizar a que la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Emprendedores comparta este legajo con otros organismos públicos y con bancos y entidades financieras públicas y privadas y, de esta manera, se constituya un instrumento válido para presentar ante cualquier organismo.

La empresa deberá autorizar a la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y los Emprendedores a compartir, el denominado “Legajo Único Financiero y Económico”, con otros organismos públicos y entidades descentralizadas, entidades financieras y/o de crédito públicas o privadas.

De no optar por compartirlo, el legajo quedará a disposición de la empresa exclusivamente, quien podrá compartirlo con terceros, mediante una plataforma que se pondrá a disposición de forma gradual.

La Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y los Emprendedores del Ministerio de Desarrollo Productivo será la Autoridad de Aplicación del Registro de Empresas MIPYMES y quien deberá llevar a cabo la realización de todas las acciones necesarias para la implementación y funcionamiento del Legajo Único Financiero y Económico, como así también el dictado de las normas aclaratorias y complementarias que resulten necesarias para su ejecución

NUEVOS PARAMETROS PARA CATEGORIZAR COMO PYME

VENTAS TOTALES ANUALES EN PESOS
CATEGORIACONSTRUCCIONSERVICIOSCOMERCIOINDUSTRIA Y MENERIAAGROPECUARIO
MICRO24.990.00013.190.00057.000.00045.540.00030.770.000
PEQUEÑA148.260.00079.540.000352.420.000326.660.000116.300.000
MEDIANA TRAMO 1827.210.000658.350.0002.588.770.0002.530.470.000692.920.000
MEDIANA TRAMO 21.240.680.000940.220.0003.698.270.0003.955.200.0001.099.020.000
Límites de personal ocupado
CategoríaConstrucciónServiciosComercioIndustria y mineríaAgropecuario
Micro1277155
Pequeña4530356010
Mediana tramo 120016512523550
Mediana tramo 2590535345655215
Límite de activos expresados en pesos ($)
Tope de Activo
193.000.000